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Cómo ser Policía Nacional y sus requisitos en 2020

Todo lo que necesitas saber antes de empezar a preparar tu oposición para la Policía Nacional

Sois muchos los que nos preguntáis acerca de los requisitos para presentaros a la oposición y entrar a formar parte del Cuerpo Nacional de Policía. Por eso hemos creado esta entrada, para que desde el primer momento tengáis claro si podéis optar a este examen.

Lo primero que debéis saber es que tenéis que cumplir todas las condiciones que vamos a exponer antes de que finalice el plazo de admisión de instancias, y que deberéis mantenerlos así durante todo el proceso de selección de estas oposiciones. Es decir, que si cualquiera de las condiciones dejase de cumplirse durante ese periodo automáticamente estaríais fuera del proceso. Esperamos que eso no suceda, pero por si acaso os recomendamos una cierta prudencia y que, además consultéis la convocatoria 2020 publicada en el BOE, ya que este año las condiciones han sido modificadas.

Dicho esto, vamos a pasar a enumerar y explicar qué requisitos debéis cumplir.

¿Qué requisitos se necesitan para ser Policía Nacional?

Nacionalidad

Poseer la nacionalidad española. En este caso no sirven permisos de residencia de ningún tipo salvo la propia nacionalidad.

Edad

En el momento de presentaros a la oposición se debe tener cumplidos por lo menos 18 años, y que la edad sea inferior a la edad máxima de jubilación.

Estatura

Desde hace unos años para poder entrar en el Cuerpo Nacional de Policía se ha de medir como mínimo 1,65 metros si eres hombre, y 1,60 metros si eres mujer, cinco centímetros menos que antes de 2010.

Carnet de conducir

En el momento de presentar la instancia se debe tener como mínimo el carnet de conducir de clase B.

Condenas

No se puede haber sido condenado nunca en tu vida por un delito doloso ni tampoco haber sido separado del servicio de la Administración Pública.

Armas

Aunque probablemente ya lo imagináis, teniendo en cuenta el cuerpo al que estáis pensando optar, al rellenar la solicitud para las pruebas vais a tener que firmar un compromiso que os obligará a llevar armas, y no solo eso, sino que también os comprometerá a utilizarlas en caso de ser necesario.

Estudios

Se debe poseer al menos el título de bachiller, o uno equivalente. Si no sabéis qué quiere decir esto y os preocupa no ser apto, no os preocupéis, más adelante explicaremos cuáles son las otras opciones.

Condición médica

No se debe tener ninguna de las dolencias que suponen causa de exclusión física o psíquica que se han fijado para el puesto.

Una vez que sepáis que cumplís todos los requisitos, desde aquí os animamos a que empecéis ya a prepararos para la oposición. Conseguir un trabajo estable y dinámico como es el del Cuerpo Nacional de Policía está en vuestras manos.

Policía Nacional

¿Te afectan las Exclusiones para la Policía Nacional?

Si sois de los que dudan si cumplen el requisito de bachiller, tenemos que deciros que, según la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, hay muchas otras opciones al admitirse títulos equivalentes. La primera es haber completado estudios con alguna ley anterior y que se hayan superado, por ejemplo, lo que antes se conocía como COU. En ese caso, ya estáis listos para presentaros. También si vuestro camino no fue hacer Bachillerato y tenéis el título de Técnico de Formación Profesional, tanto Medio como Superior, o algún curso que os diera acceso directo a la universidad. Pero, ¿qué ocurre si sólo tenéis la ESO? De ser así también os valdría si hubierais aprobado una prueba de acceso a FP de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Por último, si no cumplis ninguno de estos requisitos, sólo podemos deciros que estáis a tiempo de cambiarlo. Todos los años podéis presentaros a la prueba libre de obtención de bachillerato, donde sólo con superar ese examen podréis obtener el título o, en caso de tener la ESO, podéis presentaros a la prueba de acceso a FP de grado superior o a la de acceso a la universidad para mayores de 25. Como veis hay muchas maneras de salvar el obstáculo que os podría separar de esa plaza como Policía Nacional que tanto queréis.

Por otra parte, si el problema es médico, podríais tener más dificultades para solventarlo. Es en la Orden del 11 de enero de 1988 donde se establece el cuadro de exclusiones médicas para el ingreso en el CNP. Si vais a consultarla tened en cuenta que algún detalle se ha cambiado desde entonces, como la estatura mínima, de la que ya te hemos hablado. Por lo demás, las exclusiones que se fijan son por problemas en la vista (como tener una agudeza visual inferior a dos tercios de la visión normal, estrabismo o desprendimiento de retina), en el oído, o en el aparato locomotor, o por dolencias crónicas de diferentes tipos. Por suerte, determinadas enfermedades como la diabetes, el asma o el VIH a partir de 2020 pasarán a evaluarse individualmente, en lugar de ser motivo de exclusión directa y definitiva. Si al margen de esto os preocupa tener una enfermedad o lesión justo en los días del examen médico, podéis mantener la calma: no será tenida en cuenta salvo que pueda dejar secuelas. Y aún en ese caso, lo que hará el Tribunal Médico será fijar una nueva fecha para que os examinen. Para asegurarte de que no sufres ninguna dolencia que pueda suponer una causa de exclusión al Cuerpo, te recomendamos que eches un vistazo a la información sobre el cuadro de exclusiones médicas para el Ingreso a la Escala Básica en la web del Ministerio del Interior.

Cambios en la convocatoria a Policía Nacional 2020

Este año se han convocado 2.366 plazas para el Ingreso en la Escala Básica (comenzando el orden de actuación de los aspirantes, por la letra “B”) por lo que hay que tener presente que, aunque se cumplan todos los requisitos de los que hemos hablado, para conseguir la plaza debéis superar las distintas pruebas, tanto físicas como de conocimientos y psicotécnicas, además del examen médico. Sin embargo, este año, como hemos mencionado, se han modificado algunos aspectos de las pruebas, como métodos de corrección, tiempos, etc. A continuación las enumeramos todas:

-Las pruebas de Conocimientos y Ortografía se evaluarán mediante la siguiente fórmula: [A–E/(n–1)]*10/P, siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas de respuesta y «P» el número total de preguntas.

-Las mismas pruebas se podrán aprobar con un mínimo de 5 puntos. No obstante, el Tribunal, “podrá, en caso de que tras la calificación de la prueba de conocimientos no exista un número suficiente de opositores con una puntuación igual o superior a 5 puntos, que garanticen una eficaz selección, bajar la nota de corte de los 5 puntos iniciales. Igualmente, y en caso necesario, se realizará con la prueba de ortografía”. Si quieres más detalles acerca del nuevo método de evaluación en la prueba de Ortografía.

-El ejercicio voluntario de idioma podrá subir la nota final hasta un máximo de 2 puntos.

-Por último, en el caso de la entrevista personal, se comenzará con una puntuación inicial de 60 puntos, 10 por cada uno de estos factores: socialización, comunicación, orientación hacia las metas, características de la personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales, “y en base a los resultados de la entrevista, el tribunal detraerá 10 puntos por cada uno de los factores en que el/la opositor/a sea penalizado/a”.

Recordad que el plazo para presentar la instancia y abonar las tasas del examen es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el BOE, así que tendréis que estar atentos. Si tienes dudas sobre cómo presentar la instancia, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre la Instancia a Policía Nacional 2020. Y no olvidéis que en InnoTest estamos para ayudaros. Cada empujón cuenta cuando os enfrentáis a algo tan importante como lo que tenéis por delante.

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