Te ayudamos
¡Escanea para descargar tu app!
qr-single

Suscríbete a nuestra Newsletter

Mantente al día de todo lo que sucede en tu oposición de forma fácil, cómoda y sin demasiado esfuerzo. Suscríbete a nuestra Newsletter y entérate de lo más importante: novedades de tu oposición, actualidad, recursos, ¡y mucho más!

newsletter

    ¡Síguenos en nuestras redes sociales!

    Cómo realizar la inscripción oposiciones Instituciones Penitenciarias

    inscripción oposiciones instituciones penitenciarias

    Uno de los momentos clave de toda oposición llega en el momento en el que se publica oficialmente la convocatoria con el número de plazas ofertadas y la fecha del examen. Es ahí cuando todo arranca de verdad y cuando hay que hacer frente a la inscripción para poder participar en el examen. Pero… ¿Cómo se hace? Lo cierto es que con casi todas es un proceso similar. Sin embargo, en esta ocasión vamos a centrarnos en un caso concreto: las oposiciones Instituciones Penitenciarias.

    Más allá de fechas y cuestiones relativas al temario o los requisitos de estas oposiciones, vamos a detallar una cuestión concreta. ¿Cómo realizar la inscripción oposiciones Instituciones Penitenciarias? Desde hace algún tiempo todos los años el proceso es el mismo. Así que, como no se esperan cambios en el horizonte, vamos a enseñarte todo lo que debes tener claro al respecto.

    Inscripción oposiciones Instituciones Penitenciarias: solo por vía telemática

    Lo primero que debes tener claro sobre la inscripción oposiciones Instituciones Penitenciarias es que únicamente se puede realizar por vía telemática. Es decir, hay que acceder a la página web www.administracion.gob.es para tramitar la solicitud mediante la presentación del modelo 790. De este modo, con un plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, será como los aspirantes puedan inscribirse para las pruebas.

    ¿Qué necesitas para realizar la inscripción?

    Vale, ya sabes que para realizar la inscripción oposiciones Instituciones Penitenciarias es necesario hacerlo a través de internet. Pero… ¿Qué necesitas para completar el proceso? Como decimos, es bastante sencillo. Basta con descargar el modelo oficial y completarlo, además de anexar los documentos necesarios durante la solicitud, realizar el pago de las tasas y el registro de la solicitud en sí.

    Para hacerlo es necesario que dispongas de alguno de los métodos válidos para identificarte. Estos son los siguientes:

    • DNIe.
    • Certificado electrónico.
    • Cl@ve pin.

    En el caso de que el aspirante se encuentre en el extranjero podrá llevar a cabo la solicitud en las representaciones diplomáticas o consulares españolas.

    Pasos a seguir

    Vale, ya sabes qué es lo que necesitas. Así que ahora vamos a detallarte cómo realizar todo el proceso de inscripción a través de 6 sencillos pasos:

    1. Entrar en la sección ‘Inscripción de Pruebas Selectivas’.
    2. Buscar la oposición de Ayudante de Instituciones Penitenciarias.
    3. Hacer clic en la opción ‘Presentación electrónica’.
    4. Identificarse mediante un sistema de los que mencionamos anteriormente.
    5. Agregar nuestros datos personales, subir los documentos que sean necesarios y abonar las tasas.
    6. Completar el proceso haciendo clic en ‘Firmar y enviar inscripción’.

    Cómo pagar las tasas

    Si has seguido todos los pasos a lo mejor tienes dudas sobre cómo pagar las tasas para participar en la convocatoria de la oposición. Bien, lo cierto es que es muy fácil. En la misma página web de la inscripción podrás realizarlo y solo tendrás que elegir cómo hacerlo entre las dos opciones que te brindarán para ello:

    • Cuenta bancaria.
    • Tarjeta de crédito o débito.

    El pago de estas tasas asciende a un total de 15,57 euros y una vez se complete el pago será cuando podréis completar, firmar y enviar la inscripción para el examen de Ayudante a Instituciones Penitenciarias. Tal y como detalla el Ministerio de Interior, hay algunas personas que están exentas de pagar las tasas. Por ejemplo, no tendrán que realizar el pago quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Así como loas personas que figuren como demandantes de empleo y las pertenecientes a familias numerosas.