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    ¿Cuál es la edad de jubilación de un Policía Nacional?

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    Cuando hablamos de funcionarios y jubilación, las condiciones no suelen ser las mismas que las del resto de trabajadores. Esto es algo que todavía difiere más en el caso de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Por lo que si estabas pensando prepararte para alguna de ellos, lo más probable es que la información de la que vamos a hablar en este post sea valiosa para ti. Concretamente vamos a centrarnos en un aspecto: la jubilación Policía Nacional.

    ¿Cuál es la edad jubilación Policía Nacional? ¿Y cómo se calcula la pensión a percibir? A esas preguntas, y a muchas otras como los requisitos para poder ser pensionista tras haber trabajado como agente vamos a dar respuesta hoy. De modo que si quieres saber más sobre la jubilación de un Policía Nacional estás en el sitio correcto.

    ¿Cómo es la jubilación Policía de un Nacional?

    Lo primero que debes tener claro es que el trabajo de un agente del cuerpo difiere bastante del que realizan el resto de funcionarios del Estado. Y es precisamente por ello por lo que las condiciones de la jubilación Policía Nacional son algo diferentes a las del resto de trabajadores públicos. Repasamos todo lo que debes saber sobre este proceso.

    La edad jubilación Policía Nacional

    El primer punto del que vamos a hablar tiene que ver con la edad de la jubilación ordinaria, que en España actualmente se sitúa en los 66 años y 2 meses para los trabajadores que acrediten 35 años cotizados. Sin embargo, ese no es el límite para los agentes del cuerpo, ya que debido a la peligrosidad de su servicio y el desgaste a nivel físico y psicológico tienen derecho a una jubilación anticipada. En este caso, es posible acogerse a ella con cinco años de antelación con respecto a la jubilación ordinaria. Por tanto, la cifra en la actualidad se fija en los 61 años y 2 meses.

    Hay que tener en cuenta que está edad irá variando según cambie la fijada como jubilación ordinaria. Ese límite aumentará de manera progresiva hasta 2027 para alcanzar los 67 años como edad de jubilación, por lo que hasta entonces la posibilidad de jubilación anticipada también cambiará para la Policía Nacional.

    Pensión en la jubilación Policía Nacional

    En lo relativo a la pensión de jubilación de los agentes que se retiren, hay que recurrir directamente a la tabla de pensiones. En ella se puede consultar el salario bruto anula y el porcentaje regulador, de acuerdo con el Real Decreto-Ley 1/2020, del 14 de enero. Esto quiere decir que, al encontrarse en el grupo de funcionarios C1, si se han alcanzado los 35 años de servicio se cobrarán unos 25.000 euros brutos anuales en 14 pagas.

    Requisitos del cuerpo para jubilarse

    Como sucede en prácticamente todas las actividades laborales, para poder jubilarse un policía debe cumplir con ciertos requisitos. En el caso de la jubilación anticipada es necesario que se acredite lo siguiente:

    • Estar en situación de alta en la Seguridad Social.
    • Haber cumplido la edad mínima para la jubilación.
    • Estar ejerciendo una profesión, aunque no sea la de agente de policía.

    Por otra parte, también hay que reseñar la posibilidad de desarrollar una segunda actividad. Esto tiene que ver con la realización de otras funciones para compatibilizar con la jubilación anticipada pero que, debido a esa segunda actividad, pierde una parte del sueldo. Para poder desarrollar esas segunda actividad se debe haber alcanzado los 60 años en la Escala Superior. En el caso de la Ejecutiva y la Básica y de Subinspección es de 56 y 55 años respectivamente.

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