Título VIII Constitución española para oposición – InnoTest
En anteriores ocasiones ya te hemos contado a través de nuestro blog que la Constitución Española
forma parte de una gran cantidad de temarios de diferentes profesos selectivos de oposiciones. Por
este motivo, son muchos los opositores que tienen que incluir entre sus materias a estudiar a la Carta
Magna española. Y lo cierto es que no siempre es fácil de aprender y memorizar, ya que hay algunas
partes de la misma que son realmente complejas.
Así que, como sabemos que te agobian los exámenes Constitución Española, hoy vamos a hablarte sobre
uno de sus apartados más relevantes: el título VIII Constitución Española. De este modo, si quieres
saber los aspectos más importantes sobre él, no te pierdas lo que vamos a detallarte a continuación. Y
recuerda, la mejor manera de preparar esta parte del temario y el título 8 Constitución Española es clara:
hacer el mayor número posible de nuestros test.
Índice del artículo
¿Qué es la Constitución Española?
Antes de explicar qué dice el título 8 Constitución Española, vamos a aclarar qué es exactamente este
texto. Podríamos definir a la Constitución Española como la norma suprema del ordenamiento
jurídico del país, que entró en vigor en el año 1978. En lo relativo a su composición, cuenta con un
preámbulo al que le siguen un total de 169 artículos que se reparten entre un título preliminar y 10 títulos
numerados. Además de contar con 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, una derogatoria y una
disposición final.
Título VIII Constitución Española
El título VIII Constitución Española tiene como denominación ‘De la Organización Territorial del
Estado’. En él, por tanto, se hace referencia a la organización territorial de España y cuenta con un total
de tres capítulos:
- Principios generales.
- De la Administración Local.
- De las Comunidades Autónomas.
En lo relativo a sus artículos, da comienzo en el artículo 137 y el último de ellos es el artículo 158. En
cada uno de sus capítulos se detalla información sobre la organización territorial del país, teniendo en
cuenta a las administraciones locales y las comunidades autónomas.
Principios generales
Este primer capítulo se compone de tres artículos (del 137 al 139) y en cada uno de ellos habla sobre
cómo se organiza el estado español, que se divide en municipios, provincias y Comunidades
Autónomas. Aquí se detalla como cada una de esas entidades dispone de autonomía para gestionar sus
respectivos intereses. Aunque, eso sí, deja claro que las diferencias en los estatutos no podrán implicar
privilegios económicos y sociales. Además, todos los españoles tendrán los mismos derechos y
oblogaciones en cualquier parte.
De la Administración Local
El capítulo segundo del título 8 es el de ‘De la Administración Local’, que comprende los artículos 140,
141 y 142. Aquí se habla sobre los municipios, su personalidad jurídica y otros aspectos relativos a su
organización. Por ejemplo, se define qué son las provincias, como estas pueden estar encomendadas a
Diputaciones u otras corporaciones y cómo se pueden crear agrupaciones de municipios.
De las Comunidades Autónomas
El tercer capítulo es el que cuenta con un mayor número de artículos: un total de 18 (del 143 al 158). En
ellos se hablan de las autonomías, su formación y las competencias que tienen, entre otros aspectos
relativos a ellas. Por otra parte, también indica una serie de competencias exclusivas del Estado en
diversas materias sobre las que las comunidades autónomas no pueden tomar parte. Estas hacen
referencia, entre otras, a la Administración de Justicia, a aspectos relacionados con inmigración y a las
relaciones internacionales.